TOP de Valdivia condena a 15 años y un día de presidio a autor de violación y abuso sexual de menor de 14 años
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó hoy a F.E.B.B. a la pena única de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de violación y abuso sexual de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados entre 2016 y 2019, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Daniel Mercado Rilling (presidente), Guillermo Olate Aránguiz y Germán Olmedo Donoso (redactor)– aplicó, además, a F.E.B.B. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las constas del proceso.
Asimismo, el tribunal ordenó que el sentenciado quedará, además, “(…) sometido a la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, consistente en informar su domicilio a Carabineros cada tres meses; de igual modo a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren un relación directa y habitual con personas menores de edad. Asimismo, queda privado de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere, así como de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confiere respecto de la persona y bienes de la ofendida (…), así como de los ascendientes y descendientes de ésta. No obstante, conservará todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o de sus descendientes”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que: “En fechas no precisadas, pero entre los años 2016 y hasta los primeros meses de 2019, el acusado F.E.B.B., vivió y compartió el interior de diversos inmuebles que sirvieron de hogar familiar de la ofendida (…), nacida el 23 de diciembre de 2009, convivencia que se justificó pues aquel es el padre biológico de la mencionada víctima”.
“En aquel contexto –continúa– y aprovechando siempre el acusado que no fuera advertido por otros integrantes de la familia, procedió a efectuar claros y directos eventos de trasgresión sexual en contra la ofendida, a la sazón una niña menor de 14 años”.