Profesor Cristóbal Balbontín expuso en sesión especial de la Comisión de Derechos Humanos del Senado

En la ocasión, el académico expuso en sesión especial para analizar la situación del derecho a la información y la libertad de prensa en Chile.

Invitado por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, el lunes 3 de mayo de 2021, el profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UACh, Dr. Cristóbal Balbontin, participó en sesión especial para analizar la situación del derecho a la información y la libertad de prensa en Chile.

La actividad comenzó con palabras de presidente senador Alejandro Navarro; senador, Francisco Chahuán; senador, Juan Ignacio Latorre Riveros y senadora, Adriana Muñoz D`Albora.

En la ocasión fueron citados el ministro de Defensa, Baldo Prokurica, el rector de la Universidad Diego Portales Carlos Peña; el director de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, Dino Pancani; el presidente del Colegio de Periodistas de Chile, Danilo Ahumada; la periodista de la Red, Mónica González; el periodista y autor de Ceibo ediciones, Javier Rebolledo; el periodista de Ciper, Mauricio Weibel; el editor de Piensa Prensa, Mikal Espinoza, y del profesor auxiliar de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, Cristóbal Balbontín.

El profesor Cristóbal Balbontín analizó algunas tareas pendientes y dijo, “en materia constitucional debemos recordar que la actual garantía a la libertad de expresión en su artículo 19 N°12 contempla la protección del derecho a emitir opinión y difundir información, pero guarda silencio al momento de consagrar el derecho a recabar y recibir información como parte del derecho a la libre expresión por parte de los ciudadanos”.

Asimismo, agregó que la Constitución consagra la existencia de un organismo autónomo en materia de televisión, el Consejo Nacional de Televisión, pero no lo amplia al resto de los medios de comunicación social como las radios y las nuevas tecnologías. “Sería recomendable que existiera un Consejo Nacional de Medios de Comunicación y no dejar remitido el otorgamiento de concesiones (para operar radios) a un servicio público centralizado como la Subsecretaria de Telecomunicaciones, dependiente jerárquicamente del Presidente de la República como Jefe de la Administración del Estado, pero que a la vez obra como máxima autoridad política. Lo recomendable para garantizar el pluralismo de los medios de comunicación sería que el otorgamiento de concesiones y la regulación técnica de todo tipo de medios de comunicación fuese llevado a cabo por parte de un organismo autónomo del Estado”.

En el ámbito legal -señaló el académico- existe un consenso en materia de derechos humanos a nivel internacional que no corresponde sancionar abusos de libertad de expresión por la vía penal, salvo excepciones muy específicas; “el mecanismo reparatorio debiese ser de carácter civil. Se estima conveniente la derogación del delito de injuria y dejar como mecanismo reparatorio la indemnización civil (…) además de revisar la redacción del delito de ultraje a las buenas costumbres como de evaluar la posibilidad de establecer una causa justificante especial en razón del interés público para captar y difundir información en el caso del delito del artículo 161-A en relación al artículo 161-B”.

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