Inmobiliaria Providencia deberá pagar multa por ruidos en construcción de condominio en Parque Krahmer
La reclamación presentada por la Inmobiliaria Providencia Ltda. buscaba anular la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que acogió parcialmente un recurso de reposición de la empresa, y redujo la multa de 360 Unidad Tributaria Anual (UTA) a 215 UTA por infracción a la norma de emisión de ruidos durante las faenas constructivas del proyecto inmobiliario condominio Parque Kramer, en la ciudad de Valdivia.
El Tribunal rechazó la reclamación, considerando que en su resolución, la SMA proporcionó los antecedentes necesarios para concluir que su decisión se encontraba motivada, de conformidad a los criterios de determinación de la multa que están regulados en el art. 40 de la Ley Orgánica de la SMA.
También se rechazaron las alegaciones sobre la proporcionalidad de la sanción en comparación a otros casos que se alegaban como similares. En tal contexto, el Tribunal advirtió que en los casos aludidos por la Inmobiliaria, no presentó los criterios de selección que permitan justificar su alegación; y que, por otro lado, en la determinación de la multa, el “tamaño económico”, fue un factor esencial, lo que permite descartar un actuar arbitrario y desproporcionado.